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Procedimiento de adopción en Venezuela

Dos fases diferenciadas:

Administrativa: Oficinas estadales de adopciones del Instituto Autónomo Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes  (IDENNA).

  • Niños, Niñas y Adolescentes informe bio-psico-social-legal, que acredite la Adoptabilidad.
  • Personas que quieran DAR EN ADOPCION. Asesoramiento. Consentimiento.
  • Personas que aspiran tomar en adopción un niño, niña o adolescente: Informe bio-psico-social-legal, que acredite su idoneidad.

Judicial: Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

  • Auto de adoptabilidad
  • Colocación con miras a adopción
  • Periodo de prueba
  • Decreto de adopción. La adopción es irrevocable.

ADOPCIÓN

Institución de protección que tiene por objeto proveer a un niño, niña o adolescente, apto para ser adoptado, de una familia sustituta, permanente y adecuada.

Características:

  • Bilateral, personalísimo, puro y simple, intervivos, solemne y regido por normas de orden público.
  • Es constitutiva de filiación y parentesco.

Clases de Adopción:

  • Nacional e internacional.
  • Conjunta, individual y plena.
  • Sencilla y múltiple
  • Adopción de niños, niñas y adolescentes y mayores de edad.

Antecedentes y el ordenamiento jurídico venezolano

  • Código Civil es 1867 y 1942.
  • Ley sobre Adopción del 20 junio 1972.
  • Ley de Adopción del 18 agosto 1983.
  • Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes (LOPNNA).                     Título IV. Artículos del 406-429. Artículos 453-510.
  • Convención de los Derechos del Niño (Art. 21) .
  • Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (Art. 75).
  • Convenio relativo a la protección del niño y a la cooperación en materia de adopción internacional.

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