Dos fases diferenciadas:
Administrativa: Oficinas estadales de adopciones del Instituto Autónomo Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (IDENNA).
- Niños, Niñas y Adolescentes informe bio-psico-social-legal, que acredite la Adoptabilidad.
- Personas que quieran DAR EN ADOPCION. Asesoramiento. Consentimiento.
- Personas que aspiran tomar en adopción un niño, niña o adolescente: Informe bio-psico-social-legal, que acredite su idoneidad.
Judicial: Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
- Auto de adoptabilidad
- Colocación con miras a adopción
- Periodo de prueba
- Decreto de adopción. La adopción es irrevocable.
ADOPCIÓN
“Institución de protección que tiene por objeto proveer a un niño, niña o adolescente, apto para ser adoptado, de una familia sustituta, permanente y adecuada.
Características:
- Bilateral, personalísimo, puro y simple, intervivos, solemne y regido por normas de orden público.
- Es constitutiva de filiación y parentesco.
Clases de Adopción:
- Nacional e internacional.
- Conjunta, individual y plena.
- Sencilla y múltiple
- Adopción de niños, niñas y adolescentes y mayores de edad.
Antecedentes y el ordenamiento jurídico venezolano
- Código Civil es 1867 y 1942.
- Ley sobre Adopción del 20 junio 1972.
- Ley de Adopción del 18 agosto 1983.
- Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes (LOPNNA). Título IV. Artículos del 406-429. Artículos 453-510.
- Convención de los Derechos del Niño (Art. 21) .
- Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (Art. 75).
- Convenio relativo a la protección del niño y a la cooperación en materia de adopción internacional.